Comprender la Ley de acceso de los transportistas aéreos y qué compañías aéreas deben proporcionar

La Ley de Acceso a los Transportistas de Aire (ACAA) es una de las leyes de derechos civiles más importantes para los viajeros en los Estados Unidos. Promulgado por el Congreso en 1986, prohíbe a las compañías aéreas comerciales discriminar contra los pasajeros por motivos de discapacidad. La ley se aplica a todos los vuelos operados por los transportistas de EE.UU. y a los transportistas extranjeros que prestan servicios a los aeropuertos de Estados Unidos. A diferencia de la Ley de América con Discapacidad (ADA), que cubre específicamente las obligaciones de transporte terrestre y las empresas.

Desde su paso, el Departamento de Transporte de los Estados Unidos (DOT) ha actualizado y aclarado la ACAA a través de las regulaciones encontradas en 14 CFR Parte 382. Estas normas detallan exactamente lo que las aerolíneas deben hacer para garantizar el acceso igual a los pasajeros con discapacidad. Este artículo descompone el alcance completo de las obligaciones de aerolíneas en virtud de la ACAA, incluidos los alojamientos físicos, las políticas de servicio de los animales, los sistemas de comunicación y el proceso de denuncia.

¿Qué Aerolíneas y Vuelos están cubiertos?

La ACAA cubre todas las aerolíneas que operan vuelos a, desde o dentro de los Estados Unidos. Esto incluye tanto a los transportistas nacionales como a los transportistas extranjeros que sirven a puntos de los Estados Unidos.

  • Principales aerolíneas de EE.UU. (por ejemplo, Delta, American, United, Southwest)
  • Transportes regionales y aerolíneas que operan en virtud de acuerdos de código compartido
  • Operadores de alquiler que prestan servicios programados o no programados
  • Transportadores de aire extranjeros (como British Airways, Lufthansa, Emirates) cuando volamos a o desde los Estados Unidos

Ciertos aviones muy pequeños (normalmente los que tienen menos de 30 asientos) pueden estar exentos de algunos requisitos de accesibilidad, pero las aerolíneas deben proporcionar un servicio no discriminatorio y hacer los mejores esfuerzos para dar cabida a los pasajeros con discapacidad.

Asistencia para la Junta y la Desplanificación

Las aerolíneas deben proporcionar asistencia rápida, segura y digna a los pasajeros con discapacidad durante el embarque y la desplanificación, lo que incluye:

  • Silla de ruedas u otra asistencia de movilidad desde el área de facturación hasta la puerta, y desde la puerta hasta la puerta de la aeronave.
  • Asistencia para el embarque en la puerta de la aeronave, incluida la ayuda a los pasajeros a transferirse a una silla de pasillo si es necesario.
  • Desarrollar asistencia en la puerta de destino, continuar hasta la zona de carga.
  • Asistencia con conexiones entre vuelos.

Las aerolíneas deben proporcionar de la Asamblea General a los pasajeros con discapacidad que lo soliciten, permitiéndoles abordar antes de que comience el embarque general. Esto ayuda a asegurar que haya suficiente tiempo para atar dispositivos de movilidad y sentarse cómodamente.

Equipo de planificación y desplanificación

Las aerolíneas deben utilizar ascensores mecánicos u otros equipos de embarque cuando sea necesario para abordar un pasajero que utiliza una silla de ruedas y no puede subir escaleras. Para los aviones estacionados en puentes de chorro, las aerolíneas suelen proporcionar acceso a rampas. Para los aviones estacionados en el asfalto (parque de remojo), las aerolíneas deben utilizar un ascensor de embarque accesible o llevar al pasajero en una silla de pasillo hasta las escaleras solo si el pasajero es capaz y dispuesto.

Sillas de ruedas y alojamientos de dispositivos de movilidad

Una de las protecciones más críticas bajo la ACAA se refiere al manejo de sillas de ruedas y otros dispositivos de movilidad.

  • Acepta sillas de ruedas y scooters (incluyendo baterías) como equipaje facturado sin cargos adicionales.
  • Las sillas de ruedas y los dispositivos de carga en la bodega de carga en una posición vertical siempre que sea posible, utilizando restricciones especiales para prevenir daños.
  • Devuelve el dispositivo al pasajero a la puerta a su llegada, no al carrusel de reclamación de equipaje, si el pasajero solicita este servicio.
  • Proveer sillas de ruedas temporales si el dispositivo del pasajero se retrasa o daña, y organizar reparaciones.

Las aerolíneas son financieramente responsables de daños a los dispositivos de movilidad. Según las reglas del DOT, una aerolínea debe compensar a un pasajero por el costo total de reparación o sustitución si el dispositivo está dañado durante el transporte. Los pasajeros deben documentar cualquier daño inmediatamente y presentar un informe con la aerolínea.

Alojamientos

La ACAA establece que las aerolíneas proporcionan alojamiento para los pasajeros con discapacidad a menos que ello contravenga las normas de seguridad (como las restricciones de salida). Las principales obligaciones de asiento incluyen:

  • Censos prioritarios: Las aerolíneas deben ofrecer asientos más accesibles, normalmente asientos o asientos con sala de estar extra, a pasajeros con discapacidad que los necesitan.
  • Asientos de asignación para compañeros: Si un pasajero con discapacidad requiere un compañero para ayudar con el cuidado personal o la comunicación, la compañía aérea debe colocarlos juntos sin costo adicional.
  • Comida para animales de servicio: El animal de servicio del pasajero debe ser acomodado a los pies del pasajero, dentro del espacio del piso, sin requerir que el animal se coloque en un asiento o en el contenedor de arriba.
  • Restricciones de salida de fila: Los pasajeros con discapacidad que les impidan realizar funciones de fila de salida (abrir la puerta, evacuar rápidamente) pueden ser negados asientos de salida de fila. Las aerolíneas deben explicar la razón.

Animales de servicio

Bajo la ACAA, las aerolíneas deben permitir que los animales de servicio acompañen a los pasajeros con discapacidad en la cabina de aviones, con sujeción a reglas específicas actualizadas en 2021. El DOT distingue entre los animales de servicio (perros entrenados para realizar tareas para una persona con discapacidad) y los animales de apoyo emocional (que ya no son reconocidos como animales de servicio bajo la ACAA).

Las aerolíneas no pueden negar el embarque a un pasajero debido a un animal de servicio si se proporcionan los formularios requeridos. Sin embargo, pueden negar un animal de servicio si el animal plantea una amenaza directa a la salud o seguridad de otros, o si el animal no está bajo el control del pasajero.

Qué Aerolíneas no pueden hacer con respecto a los animales de servicio

  • No pueden exigir documentación que el animal de servicio haya sido entrenado profesionalmente.
  • No pueden restringir un animal de servicio a ciertos asientos o áreas específicas de la cabina a menos que las normas de seguridad lo requieran.
  • No pueden cobrar una tarifa para que el animal de servicio viaje en la cabina.

Lavatorios accesibles

Las aerolíneas deben proporcionar lavatorios accesibles en aeronaves con más de un pasillo (es decir, jets de cuerpo ancho). Esto normalmente se aplica a aviones de largo recorrido doble aeroplano. En aviones de un solo pasillo, no se requieren lavatorios accesibles, pero las aerolíneas deben permitir que los pasajeros con discapacidad utilicen el lavatorio si es posible. Algunos transportistas ofrecen ahora tablas de cambio plegable en los lavatorios accesibles de transportes de nuevos, aunque universales.

Ayudas a la comunicación y acceso a la información

Las aerolíneas deben garantizar que los pasajeros con discapacidad visual o auditiva tengan acceso igual a la información y las comunicaciones, lo que incluye:

  • Sitios web y accesibilidad de aplicaciones: Los sitios web y las aplicaciones móviles de Airline deben cumplir con las normas de accesibilidad (Directrices de accesibilidad de contenidos web 2.0 Nivel AA).
  • Información de la puerta y el vuelo: Las pantallas visuales deben ir acompañadas de anuncios audibles, y los anuncios audibles deben ir acompañados de pantallas visuales.
  • Entretenimiento en vuelo: Captioning u otros formatos accesibles para reuniones informativas sobre seguridad y contenido de películas.
  • Comunicaciones con pasajeros: Las aerolíneas deben proporcionar información en formatos accesibles bajo petición, como braille, gran impresión o texto electrónico, y también deben proporcionar ayudas auxiliares como intérpretes de lenguaje de signos si es necesario para comunicaciones críticas (por ejemplo, check-in, embarque, desplanado).

Equipo médico y oxígeno

Los pasajeros que requieren equipo médico como ventiladores, respiradores, máquinas CPAP o concentradores portátiles de oxígeno (POC) pueden llevarlos a bordo. Las aerolíneas deben permitir POCs y ventiladores aprobados por FAA. También deben aceptar equipo médico como equipaje de mano o facturado sin contarlo con la asignación de equipaje del pasajero. Sin embargo, las aerolíneas pueden requerir notificación anticipada (normalmente 48 horas) para ciertos tipos de equipo médico, especialmente.

Las aerolíneas no son necesarias para proporcionar oxígeno, pero muchas ofrecen oxígeno de cabina por un suplemento. Los pasajeros también pueden traer su propio POC aprobado por FAA, y la aerolínea no puede cobrar una cuota por su transporte.

Capacitación y no discriminación del personal

Las aerolíneas deben entrenar a todos los empleados que interactúan con pasajeros con discapacidad en los requisitos de la ACAA. Esto incluye la capacitación sobre cómo manejar los dispositivos de movilidad de forma segura, cómo ayudar con el embarque y el desplanamiento, cómo comunicarse con pasajeros sordos o difíciles de escuchar, y cómo responder a las solicitudes de alojamiento.

Las aerolíneas no pueden rechazar el transporte únicamente porque una persona tiene discapacidad, sino que sólo pueden negar el embarque o exigir una autorización médica si el pasajero presenta un riesgo de seguridad, y sólo después de una evaluación individualizada. Las aerolíneas no pueden obligar a un pasajero a viajar con un compañero a menos que el pasajero no pueda desempeñar funciones relacionadas con la seguridad (como evacuar el avión).

Limitaciones y excepciones

La ACAA no garantiza cada solicitud específica. Las aerolíneas pueden rechazar una solicitud si:

  • Violaría las normas de seguridad de la FAA (por ejemplo, bloqueo de pasillos, superando los límites de peso para dispositivos auxiliares, interfiriendo con filas de salida).
  • Interrumpirá las operaciones de manera significativa (descarada, y la aerolínea debe documentar la justificación).
  • El pasajero no proporciona la documentación necesaria (como las formas de los animales de servicio) con antelación.

Las aerolíneas no pueden imponer una política general sobre cualquier tipo de discapacidad, sino que deben determinarse caso por caso.

Ejecución y presentación de una denuncia

Si un pasajero cree que una aerolínea ha violado la ACAA, tiene derecho a presentar una queja ante el Departamento de Transporte de los Estados Unidos. El proceso es el siguiente:

  1. Primero, presentar una queja con la propia aerolínea, utilizando su proceso de denuncia de consumo designado. Las aerolíneas deben responder por escrito dentro de 30 días.
  2. Si el pasajero no está satisfecho con la respuesta de la aerolínea, puede presentar una queja formal con la División de Protección del Consumidor de la Aviación del DOT a través de la portal de denuncias en línea.
  3. El DOT investiga las denuncias y puede imponer sanciones civiles (hasta 37.791 dólares por violación en 2024) a las aerolíneas que violan la ACAA.

Los pasajeros también pueden ejercer una acción legal en el tribunal federal, aunque el proceso de ejecución del DOT es generalmente menos costoso y más accesible. National Association of the Deaf y el National Disability Rights Network ofrecer orientación y promoción.

Comparación de la ACAA y la ADA

Un punto común de confusión es cómo la ACAA difiere de la Ley de los estadounidenses con discapacidad (ADA). La ADA cubre los alojamientos públicos, el empleo y los servicios de transporte que son operados por entidades públicas (como autobuses urbanos). La ACAA rige específicamente los viajes aéreos. Mientras que la ADA se aplica ocasionalmente en las terminales del aeropuerto (por ejemplo, los baños accesibles y el estacionamiento), una vez que un pasajero se mueve a través de seguridad o tableros de la aeronave, la ACAA rige todas las interacciones.

Las aerolíneas no están cubiertas por la ADA, pero están totalmente sujetas a la ACAA. Esto significa que los alojamientos que las aerolíneas pueden proporcionar en el marco de la ADA para servicios terrestres (como un intérprete de lenguaje de señas en un mostrador de boletos) también son necesarios en la ACAA.

Actualizaciones y tendencias recientes

En 2023, el DOT propuso nuevas normas para fortalecer la ACAA, incluyendo la necesidad de que las aerolíneas mejoren el manejo de dispositivos de movilidad (por ejemplo, la aceptación obligatoria de sillas de ruedas en la mayoría de las aeronaves y una mejor responsabilidad por daños). En 2024, varias aerolíneas establecieron investigaciones de DOT para mal manejo de sillas de ruedas y no proporcionar asistencia adecuada.

El DOT también emitió una regla final (en vigor mayo 2024) que amplía el acceso a los lavatorios de aviones, exigiendo que nuevos aviones de un solo aeroplano tengan un lavatorio accesible si el avión tiene 125 o más asientos de pasajeros. Esto tendrá efecto en los próximos años a medida que se entregan nuevos aviones.

Consejos prácticos para los pasajeros

Para garantizar la mejor experiencia en el marco de la ACAA, los pasajeros con discapacidad deben considerar lo siguiente:

  • Notificar la aerolínea con antelación: Aunque no siempre es necesario, el aviso anticipado (48 horas recomendadas) para la asistencia de silla de ruedas, oxígeno o equipo médico ayuda a la aerolínea a prepararse.
  • Carry DOT formas: Si viaja con un animal de servicio, complete y lleve el formulario de transporte aéreo de animales de servicio y cualquier atestiguación de alivio necesaria.
  • Documenta todo: Fíjese en su silla de ruedas antes de entregarlo a los manipuladores de equipaje. Mantenga los recibos para cualquier reparación si el dispositivo está dañado.
  • Conoce tus derechos: Solicite asistencia de embarque y desplanificación si lo necesita. No se le requiere aceptar métodos menos seguros o menos dignos.
  • Presentar quejas cuando sea necesario: La denuncia de violaciones ayuda al DOT a hacer cumplir la ley y responsabiliza a las aerolíneas.

Conclusión

La Ley de acceso a los transportistas aéreos cambió fundamentalmente los viajes aéreos para millones de estadounidenses con discapacidad. Al exigir a las aerolíneas que proporcionen un embarque, asiento, manipulación de dispositivos de movilidad, ayudas de comunicación y alojamientos para animales de servicio, la ley garantiza que los pasajeros con discapacidad puedan viajar con la misma libertad y dignidad que cualquier otro. Si bien los desafíos siguen siendo, especialmente en lo que respecta a los daños y la ejecución de silla de ruedas, la ACAA ofrece un marco legal sólido.